Federalismo fiscal en los Estados Unidos Mexicanos
DOI:
https://doi.org/10.35197/rx.13.03.2017.05.mnPalabras clave:
Estado Federal, Fiscal, Ingresos Públicos, Gasto PúblicoResumen
El propósito de este trabajo es analizar la razón de ser del Estado, sus elementos, características de los Estados Federales, principales diferencias entre Estados Federales y Estados Unitarios; el marco constitucional y legal del federalismo fiscal respecto a las Entidades Federativas, particularmente Sinaloa. Se analizan las bases de coordinación fiscal, considerando las reformas de la Ley de coordinación fiscal, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016. Las preguntas que guían este trabajo son: ¿Qué es el federalismo fiscal? y ¿Existe federalismo fiscal en los Estados Unidos Mexicanos?
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las Constituciones políticas de las Entidades Federativas, las leyes y demás normas jurídicas que regulan la coordinación fiscal entre la Federación y las Entidades federativas son precisas; sin embargo, es innegable la subordinación de las Entidades Federativas a la Federación, el fortalecimiento del Ejecutivo federal en la definición de políticas públicas que impactan a las Entidades Federativas y Municipios. Las fuentes más importantes de ingresos públicos son federales. Las contribuciones más importantes del país, entre ellas los impuestos, particularmente el Impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado son federales. De igual manera, contribuyen de manera importante en los ingresos federales los derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público. Lo anterior hace vulnerables a las Entidades Federativas ya que dependen sus ingresos de manera importante de las participaciones federales que se les asignen.
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